Tercera lengua

El dominio de una tercera lengua por parte de los titulados y tituladas de Grados de las Universidades catalanas, además de ser un requerimiento normativo de acuerdo con la Ley 2/2014 de 27 de enero de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, es un objetivo estratégico en el marco de la construcción del espacio europeo de educación superior (EEES) que nace de la voluntad de favorecer la internacionalización, la proyección de los y las profesionales y el reconocimiento de la investigación.

 

Competencia y acreditación:

En el momento de solicitar la expedición del título los graduados y graduadas deberán haber demostrado la competencia en tercera lengua con un nivel equivalente al B2.2 del Marco Europeo común de referencia para las lenguas.

La normativa académica de grado y máster de la UPC establece 4 vías para conseguir la competencia en una 3ª lengua.
  1. Acreditar el conocimiento de una tercera lengua con un certificado de nivel B2 (entendido como nivel completo o B2.2) o un nivel superior del Marco Europeo Común de Referencia, que es el organismo de referencia en el aprendizaje y reconocimiento de lenguas. (Esta es la única vía para los estudiantes que ingresen en la Universidad desde el curso 2018-19 en adelante)

  2. Elaborar y defender el trabajo de fin de grado en una tercera lengua.

  3. Realizar una estancia de movilidad en una universidad o empresa en el extranjero en el marco de un programa de movilidad o de un convenio de cooperación educativa y haber obtenido un mínimo de 9 ECTS.

  4. Haber obtenido como mínimo 9 ECTS correspondientes a asignaturas impartidas completamente en una tercera lengua. 

La documentación que acredite la tercera lengua podrá presentarse:

  • En el momento de la primera matrícula de acceso a la Universidad aportando original y copia del certificado acreditativo si ya se dispone de uno.

  • Si se consigue el nivel B2.2 a lo largo de los estudios se podrá entregar el original y copia de la documentación en Secretaría en cualquier momento antes de la solicitud de expedición del título de Grado.

 

Reconocimiento de créditos optativos:

Si se cumplen las condiciones que se establecen en la normativa académica de la UPC, y siempre que se haya acreditado la competencia en una tercera lengua previamente, se podrá solicitar el reconocimiento de créditos por la superación de cursos o exámenes de idiomas realizados durante los estudios. Las solicitudes podrán presentarse:

  • En cualquiera de los dos periodos que la Escuela fija para cada curso académico (noviembre y marzo) a través de e-secretaria. En paralelo se deberá aportar original y copia de la documentación acreditativa en Secretaría dentro de los mismos plazos.

Toda la información actualizada sobre idiomas, vías de acreditación, exámenes oficiales y certificados válidos para acreditar o solicitar reconocimientos, puede ser consultada en el portal del Servicios y recursos lingüísticos de la UPC.

 

Última actualización junio de 2019