Prórroga / modificación / baja CCE
Prórroga
Se podràn tramitar una prórroga del convenio vigente sólo cuando se cumplan los requisitos siguientes:- convenios de prácticas académicas extracurriculares
- el proyecto formativo y las condiciones precio/hora sean iguales al convenio original
- el inicio de la prórroga sea el día siguiente a la fecha de finalización del convenio inicial.
- Rellenar el formulario [2.7] Diligencia de prórroga, debidamente completada y firmada por ambas partes: empresa y estudiante.
- Gastos de gestión:
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- El importe que la empresa ha de abonar a la UPC en concepto de gastos de gestión es del 15,7% calculado sobre el aumento en la retribución del estudiante. A esta cantidad se le deberá sumar el 21% de IVA.
- El ingreso se debe hacer en la c/c:
La Caixa ES80 - 2100 - 3648 - 93 - 2200004689 Titular: UPC - Cooperación Educativa.
- Entregar el formulario con diez días de antelación respecto al cambio de situación.
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Modificación
En caso de tener que modificar las condiciones de un CCE ya tramitado que no se puedan recoger mediante una baja o un nuevo CCE, se puede realizar una modificación del convenio inicial.
Si esta modificación comporta un aumento en el importe retribuido al estudiante, debe hacerse un nuevo ingreso a la UPC en concepto de gastos de gestión.
Atención: se recomienda no modificar las condiciones iniciales de los CCE que corresponden a una práctica CURRICULAR, ya que pueden implicar que la práctica sea calificada con un NP.
Procedimiento:
- Rellenar formulario [2.6] Diligencia de modificación CCE. Deberá ir debidamente rellenado y firmado por las dos partes: empresa y estudiante
- Gastos de gestión:
- El importe que la empresa ha de abonar a la UPC en concepto de gastos de gestión es del 15,7% calculado sobre el aumento en la retribución del estudiante. A esta cantidad se le deberá sumar el 21% de IVA.
- El ingreso se debe hacer en la c/c:
La Caixa ES80 - 2100 - 3648 - 93 - 2200004689 Titular: UPC - Cooperación Educativa.
- Entregar el formulario y, si corresponde, el comprobante de pago de los gastos de gestión a la OCCE con diez días de antelación respecto al cambio de situación.
Baja
En caso de rescisión de un CCE ya tramitado antes de la fecha de finalización inicialmente prevista por las siguientes causas:
- Por iniciativa del estudiante o la empresa, de mutuo acuerdo con la otra parte y explicitando el motivo
- Automáticamente, en caso de que el estudiante se desvincule de la universidad. Por ejemplo en el momento en que se aprueba el PFG/PFM/TFM, etc.
- Atención: Las bajas de los CCE que corresponden a una práctica CURRICULAR, que modifiquen las condiciones iniciales, pueden implicar que la práctica sea calificada con un NP.
- Rellenar formulario: [2.5] Diligencia de baja CCE: Deberá ir debidamente rellenada y firmada por ambas partes: empresa y estudiante.
- Entregar la documentación: Entregar en la Oficina CCE con diez días de antelación a la nueva fecha prevista de finalización del convenio.
Observaciones
- El convenio se puede rescindir o modificar por iniciativa de cualquiera de las dos partes, empresa o estudiante, de acuerdo con la otra parte
- No se aceptarán modificaciones o bajas de CCE de cursos académicos ya finalizados.
- En cualquiera de estos casos hay que hacer también los trámites correspondientes con la Seguridad Social.
Consulta todos los documentos en el apartado de Documentación