Tercera lengua
El dominio de una tercera lengua por parte de los titulados y tituladas de Grados de las Universidades catalanas, además de ser un requerimiento normativo de acuerdo con la Ley 2/2014 de 27 de enero de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, es un objetivo estratégico en el marco de la construcción del espacio europeo de educación superior (EEES) que nace de la voluntad de favorecer la internacionalización, la proyección de los y las profesionales y el reconocimiento de la investigación.
Competencia y acreditación:
En el momento de solicitar la expedición del título los graduados y graduadas deberán haber demostrado la competencia en tercera lengua con un nivel equivalente al B2.2 del Marco Europeo común de referencia para las lenguas.
Así, para obtener el título de grado debes adquirir la competencia en tercera lengua. De acuerdo con la normativa académica de los estudios de grado y máster de la UPC tienes las siguientes opciones:
Reconocimiento de créditos optativos:
Si se cumplen las condiciones que se establecen en la normativa académica de la UPC, y siempre que se haya acreditado la competencia en una tercera lengua previamente, se podrá solicitar el reconocimiento de créditos por la superación de cursos o exámenes de idiomas realizados durante los estudios. Las solicitudes podrán presentarse:
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En cualquiera de los dos periodos que la Escuela fija para cada curso académico (noviembre y/o marzo) presentando una solicitud en la sede electrónica de la UPC.