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Evaluación de asignaturas


La normativa siguiente desarrolla y complementa el marco general de la Normativa Académica de los Estudios de Grado y Máster de la UPC y es de aplicación general a los estudiantes de esta titulación y a todas las asignaturas excepto el Trabajo de Fin de Máster que se rige por su propia normativa.

Para cada asignatura, la escuela prevé dos convocatorias ordinarias: la evaluación continuada y la evaluación final. El método de evaluación ha de garantizar que el resultado final ha de tener presente todos los actos de evaluación de la asignatura con las condiciones siguientes:


 

Evaluación continuada

 

Al finalizar el periodo lectivo, el profesorado de la asignatura hará públicas las calificaciones obtenidas por los estudiantes a la evaluación continuada.

Como norma general, los actos de evaluación continuada se realizarán dentro del horario lectivo de la asignatura. Cualquier excepción a esta norma, tendrá que ser notificada por el profesorado responsable al subdirector de postgrado, por tal de que se autorice y se haga la máxima difusión, antes del periodo de matriculación. El estudiante que se haya matriculado con algún tipo de incompatibilidad horaria no puede reclamar, por este hecho, ser evaluado en fechas diferentes de las previstas.

 

 

Examen o prueba final

 

El plan docente de las asignaturas prevé una prueba final de carácter global, de manera que la superación de esta suponga la superación de la asignatura.

El estudiantado podrá consultar el sistema de evaluación de todas las asignaturas de la titulación a la guía docente de la misma.

La calificación mínima para superar cualquier asignatura de la titulación es un 5 Aprobado.

Al finalizar el período de entregas y pruebas finales, y en las fechas establecidas en el calendario académico de la titulación, el profesorado de la asignatura calificará a los estudiantes a través de la aplicación informática institucional y entregará en la Secretaría el Informe de Evaluación con las calificaciones descriptiva y numérica de los estudiante matriculados, debidamente firmada, teniendo en cuenta las normas establecidas en el apartado Evaluación de la Normativa Académica de los Estudios de Grado y Máster de la UPC.

Los estudiantes tienen derecho a conocer el resultado de cualquier acto de evaluación en un plazo máximo de dos semanas desde la fecha de realización de la prueba y se ha de garantizar un plazo mínimo de una semana entre la fecha de publicación y la fecha de realización de la evaluación final. Este plazo se fijará en el calendario académico de la titulación. El profesorado puede añadir las observaciones que considere oportunas con el objetivo de asesorar a los estudiantes de cara a la evaluación final, si procede. El profesorado ha de establecer y publicar, el día de cualquier acto de evaluación, la fecha en que saldrán las calificaciones y el período de revisión de les mismas, aprovechando los medios que se pongan a su disposición para facilitar estas consultas por parte de los estudiantes.

El profesorado velará por tal de que la publicación de los resultados de las evaluaciones se haga de acuerdo con los requerimientos de la legislación sobre protección de datos de carácter personal, teniendo especial cuidado de no vincular el DNI con el nombre y apellidos de los y las estudiantes.

El estudiante tiene derecho a una revisión personalizada en presencia del profesor que la ha cualificado.

El método de evaluación de una asignatura ha de garantizar que la evaluación final permita al profesorado hacer una valoración general del proceso de aprendizaje de los estudiantes teniendo en cuenta la evaluación continuada y la evaluación final.

La Escuela gestora velará por el correcto funcionamiento de los procesos de evaluación de las asignaturas y publicación de las cualificaciones finales, y arbitrará los mecanismos necesarios para resolver las posibles dudas y/o conflictos que afecten a estos.



Aprobado por la Comisión Académica del MBDesign, el 21 de julio de 2017