Plan de estudios
Inscrito en el Registro de Universidades, Centros i Títulos (RUCT) del Ministerio de Educación Cultura y Deporte por resolución de 14 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2016, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el RUCT (BOE de 16 de octubre de 2016)
Informe de seguimiento de la titulaciónde diciembre del 2016
El máster se inicia con una fase común, de carácter obligatorio y de un total de 15 ECTS. Para aquellos estudiantes que requieran de la obtención de una especialidad concreta se deberá cursar y superar un mínimo de 25 ECTS o 5 materias de la línea. Los 5 ECTS restantes se podrán cursar a través de otra materia de la misma línea de especialidad o de cualquiera otra de entre todas las materias ofrecidas. En este caso, el Trabajo de Fin de Máster tendrá el carácter propio de la línea de especialidad cursada.
Por recomendación vinculante de la Comisión Académica del Máster en el proceso de admisión, un estudiante podrá cursar un itinerario personalizado y transversal con un total de 30 ECTS que conformen un compendio de materias de las diferentes líneas de especialidad ofrecidas, además de la fase común y el TFM. En este caso, una vez superado el Trabajo de Fin de Máster específico el estudiante podrá obtener el título de máster sin especialidad.
El Trabajo de Fin de Máster también será específico y adaptado para el itinerario curricular de aquellos estudiantes que hayan sido admitidos para cursar dos especialidades.
La siguiente tabla muestra la asignación de créditos según materias. La tabla está organizada diferenciando la fase común, las diferentes líneas de especialidad y el trabajo de fin de máster: