Matrícula
Modalidad de dedicación
Los estudiantes pueden matricular el máster a tiempo completo o a tiempo parcial. En la modalidad en tiempo completo el estudiante matricula la totalidad de los créditos del máster, 60 ECTS. En la modalidad a tiempo parcial el estudiante ha de matricular un mínimo de 20 ECTS el primer curso académico, que han de corresponder a las asignaturas obligatorias del plan de estudios. En esta modalidad, no se puede matricular el PFC si de la matrícula resultante todavía quedarían créditos pendientes para superar del máster.
Orden de matrícula
La obtención y presentación del título que da acceso a los estudios es condición indispensable para poder formalizar la matricula en el máster.
El Máster Universitario en Arquitectura (MArqEtsaB) está abierto al estudiantado que ha obtenido el Grado en Estudios de Arquitectura o denominación similar según la Orden Ministerial EDU/2075/2010, de 29 de julio.
Teniendo en cuenta que el Grado en Estudios de Arquitectura (plan 2014) y el Máster Universitario en Arquitectura se han diseñado como un programa de estudios integrado, y por lo tanto, hay una correspondencia entre el plan de estudios de grado mencionado y el máster que se propone, es interés de la ETSAB permitir que los graduados en Estudios de Arquitectura (plan 2014) por la UPC puedan continuar su formación en el Máster Universitario en Arquitectura por la UPC en el propio centro. A la vez, por la tradicional vocación internacional de la escuela y las múltiples relaciones con otros centros de enseñanza de la Arquitectura, también se quiere facilitar la posibilidad de admisión de estudiantes de otras universidades que, cumpliendo los requisitos de acceso, así lo soliciten.
Esta normativa regula el acceso a la matrícula, una vez finalizado el proceso de admisión, y define el orden de matrícula. La priorización de acceso al máster se basará en dos variables:
- Nota final del expediente de acceso ponderada en un 40%
- Nota del portfolio presentado por el candidato ponderada en un 60%
El orden de matrícula se definirá según orden decreciente de la nota de acceso resultante de la ponderación descrita a los puntos 1 y 2. Los estudiantes repetidores serán ordenados también según la nota con qué accedieron a los estudios.